MODIFICACION DE ESTATUTOS SOCIALES

ESCRITURA DE MODIFICACION DE ESTATUTOS SOCIALES DE LA “CAMARA DE ESPECIALIDADES VETERINARIAS DEL PARAGUAY” O POR SUS SIGLAS “CEVEPA”.- (REF.: ACTA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DEL 29/04/2011).-----------------


NUMERO: ( ) …………- En la Ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, a los TRECE días del mes de NOVIEMBRE del año DOS MIL ONCE, ante mí: JOSE MARIA ZUBIZARRETA, Notario y Escribano Público, Titular del Registro Nº 900, comparecen: el Señor ALEJANDRO ALFREDO VAZQUES FLEYTAS, paraguayo, con Cédula de Identidad Civil Nº 381.204; y el Señor CARLOS ALBERTO CONVERSSO AUGUSTO, brasileño, con Cédula de Identidad Civil paraguaya Nº 1.634.735, ambos casados y domiciliados a efectos de este acto jurídico en la calle Iturbe Nº 2083, de esta Capital. Los comparecientes son mayores de edad, hábiles, identificándose con los documentos citados precedentemente, doy fe.- REPRESENTACIÓN: Los Señores Alejandro Alfredo Vázquez Fleytas y Carlos Alberto Conversso Augusto concurren a este acto en sus caracteres de Presidente y Secretario, respectivamente, del Consejo Directivo de la “CAMARA DE ESPECIALIDADES VETERINARIAS DEL PARAGUAY”, en siglas “CEVEPA”, y especialmente autorizados para este otorgamiento en virtud al acta que se transcribirá.- La designación del Señor Alejandro Alfredo Vázques Fleytas surge de artículo 48º (Disposiciones Transitorias) del Estatuto Social, vigente a la fecha, mientras que el nombramiento del Señor Carlos Alberto Conversso Augusto consta del Acta Nº 01/10 de fecha 26 de Diciembre del año 2009, el cual tengo a la vista y transcripto en su parte pertinente, dice así: “… Constatada la existencia del quórum legal, bajo la presidencia de ALEJANDRO VAZQUEZ, se pasa a tratar el siguiente Orden del Día: 1. Distribución de Cargos. Atendiendo los estatutos de la Cámara se procedió a la elección de los siguientes cargos: 1. Tesorero: FABIO CODAS VILLALBA, en representación de AGROFIELD S.R.L., 2. Secretario: CARLOS CONVERSSO, en representación de AMADEO BUONGERMINI S.R.L. Todos estos cargos fueron electos y aprobados por unanimidad y aceptados por las personas mocionadas.- Sin más puntos que tratar se da por terminada la sesión siendo las 10.30 horas del día más arriba señalado, firmando todos los presentes.- Fdo. Presidente. Secretario. Hay dos firmas ilegibles”.- Es copia, doy fe.- La Cámara de Especialidades Veterinarias del Paraguay (Cevepa) fue constituida por Escritura Pública Nº 29 de fecha 28 de Enero del año 2010, autorizada por el Escribano Público Luís Enrique Peroni Giralt, en la cual fue transcripta el acta fundacional y el Estatuto Social, en donde constan su nombre, domicilio, plazo de duración, fines, sistema de administración y demás circunstancias de su funcionamiento, de todo lo cual se tomó razón en la en la Dirección General de los Registros Públicos, en el Registro de Personas Jurídicas y Asociaciones, bajo el Nº 117, al folio 1310, Serie "F", el 15 de Febrero del año 2010. Omito reproducir el Estatuto Social relacionado por dejar fotocopia debidamente autenticada agregado a la presente escritura, doy fe.- Y los Señores ALEJANDRO ALFREDO VAZQUES FLEYTAS y CARLOS ALBERTO CONVERSSO AUGUSTO, en la representación invocada y acreditada, DICEN: Que una Asamblea General Extraordinaria celebrada de fecha 29 de Abril del año 2011, resolvió la modificación de varios artículos del Estatuto Social. Que a los efectos legales correspondientes, solicitan de mi, el Autorizante, la trascripción de acta labrada de la referida Asamblea, la cual me exhiben y copiada fielmente, dice así: “ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. 29 DE ABRIL DE 2011.- En la ciudad de Asunción, a los 29 días del mes de abril de 2011, siendo las 11.00 horas, en la fecha y hora señalada, en el orden del día publicado por el Consejo Directivo de la CAMARA DE ESPECIALIDADES VETERINARIAS DEL PARAGUAY – (en adelante “CEVEPA”) y, existiendo el quórum legal en la segunda convocatoria, se constituye la Asamblea General Extraordinaria en la Sede Social sito en la calle Del Castillo 4895 c/ Tte. Zotti, de la ciudad de Asunción. Dando cumplimiento al inicio de la Asamblea Extraordinaria asume la Presidencia de la Asamblea, el Presidente del Consejo Directivo de CEVEPA, Dr. Alejandro Vázquez, en virtud a lo dispuesto por el Artículo 19 de los Estatutos de la Cámara quien da la bienvenida a los socios presentes y se inicia de esta forma el acto asambleario. Seguidamente el Lic. Carlos Conversso, Representante de la firma Amadeo Buongermini SRL propone como Secretaria de la Asamblea a la Srta. Mónica Cuevas, secretaria ejecutiva de Cevepa quien resulta electa por unanimidad.- Se da lectura al primer punto del Orden del Día “MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS SOCIALES PARA LA INCLUSION DE LA FIGURA DEL VICEPRESIDENTE DENTRO DE LOS MISMOS”. Acto seguido el Lic. Carlos Conversso explica que los cambios a sugerir responden específicamente en cuanto a la infraestructura organizativa de CEVEPA, buscando la creación del cargo de Vicepresidente. Esto se debe a que la gestión actual de CEVEPA se da en varios frentes, tanto desde el punto de vista de rubros, organismos públicos, gremios locales y del exterior, lo cual genera la necesidad de dosificar esfuerzos ya que los miembros deben –además- cuidar sus respectivas empresas. La existencia de un Vicepresidente, logrará una mayor representatividad de CEVEPA en caso de que el Presidente no pueda estar presente o dar seguimiento a una gestión. Puesta a consideración la propuesta, la misma es aprobada por unanimidad y en consecuencia seguidamente se detallan los artículos de los Estatutos Sociales con las modificaciones introducidas aprobadas por esta Asamblea Extraordinaria, por lo que quedan redactados de la siguiente: ARTICULO 24: Los cargos del Consejo Directivo serán distribuidos de la siguiente forma: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y Vocales dependiendo de la cantidad de miembros titulares. La Asamblea designará al Presidente y Vice presidente; mientras que el Secretario y el Tesorero serán nominados por el Consejo Directivo en la primera sesión celebrada con posterioridad a la Asamblea en la que resultaron electos, y los demás Miembros se desempeñarán como Vocales. ARTICULO 25: En caso de renuncia, o impedimento del Presidente, lo sustituirá el Vicepresidente y en su caso un miembro Titular que fuera designado por el Consejo Directivo. En caso de renuncia o impedimento de los Miembros Titulares, éstos serán reemplazados por los Suplentes en forma sucesiva y en el orden en que fueron electos. En el caso que la persona física que ejerza la representación de una persona jurídica no pueda seguir cumpliendo con sus funciones, la persona jurídica designará un nuevo representante que pasará a formar parte del Consejo Directivo en el cargo para el cual la persona jurídica fue designada. En caso que no hubieren sido nominados los Miembros Suplentes, el Síndico procederá en la forma establecida por el artículo 1.107 del Código Civil, que se aplica por analogía. CAPITULO II – PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE. ARTÍCULO 32: Son deberes y atribuciones del Presidente: a) Ejercer la representación oficial de la Cámara; b) Convocar a sesiones ordinarias o extraordinarias del Consejo Directivo, Departamentos y Comisiones, c) Abrir, presidir y levantar las sesiones del Consejo Directivo y de las Asambleas, sean ordinarias o extraordinarias, dirigir debates, mantener el orden y tomar medidas disciplinarias en las mismas; d) Suscribir con el Secretario la correspondencia, notas, comunicaciones, Memorias, Actas de Sesiones del Consejo Directivo y de las Asambleas; e) Suscribir con el Tesorero los valores, cheques, contratos, obligaciones, Balances, Inventarios y demás documentos de la administración; f) Proponer la designación de empleados y aplicar medidas disciplinarias a los mismos; g) Dirigir, instruir y recabar informes de los Departamentos y Comisiones; h) Ejercer el control y la supervisión de todos los intereses de la Cámara; Son deberes y atribuciones del Vicepresidente: a) Reemplazar al Presidente, ejerciendo la representación oficial de la Cámara, en los casos en que aquel se hallase imposibilitado. b) Colaborar con el Presidente, en especial en la coordinación de las actividades de los departamentos y de las comisiones y en las relaciones de estos con el Consejo Directivo. A continuación el Lic. Carlos Conversso, mociona “Facultar al Consejo Directivo, por esta única vez, a que de entre sus miembros electos en la Constitución de la Cámara, designe un Vicepresidente para ejercer el cargo en lo que resta del periodo comprendido entre los años 2010 – 2011 hasta la realización de la siguiente elección de miembros del Consejo Directivo en próxima Asamblea Ordinaria”. La moción es aprobada por unanimidad. Seguidamente la Asamblea resuelve por unanimidad autorizar al Presidente y Secretario para realizar las gestiones pertinentes para la inscripción de las modificaciones estatutarias aprobadas, con atribuciones para aceptar ampliaciones, supresiones y modificaciones que las autoridades nacionales exijan; en consecuencia, podrán suscribir todos los instrumentos públicos y privados que fueren necesarios en los términos que juzgue mejor y solicitar la inscripción de esta Modificación de los Estatutos en la Dirección General de Registros Públicos. Concluido el orden del día, es designada para firmar el acta de la Asamblea Extraordinaria junto con el Presidente y Secretaria de la misma al Lic. Carlos Conversso y al Lic. Silvio Codas; por lo que sin más puntos que tratar se da por terminada la reunión, siendo las 11.30 horas. Fdo.: Alejandro Vázquez: Presidente.- Mónica Cuevas: Secretaria de Asamblea. Carlos Conversso. Silvio Codas: Socios Firmantes. Hay un sello de Cevepa”.- Es copia fiel, doy fe.- Y los Señores ALEJANDRO ALFREDO VAZQUEZ FLEYTAS y CARLOS ALBERTO CONVERSSO AUGUSTO, en la representación invocada y acreditada, PROSIGUEN DICIENDO: Que en virtud del acta transcripta precedentemente, quedan modificados los Art. 24º y 25º del Capitulo I, y el Art. 32 del Capitulo II, los cuales a partir de la fecha quedan redactados como sigue: “ARTICULO 24: Los cargos del Consejo Directivo serán distribuidos de la siguiente forma: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y Vocales dependiendo de la cantidad de miembros titulares. La Asamblea designará al Presidente y Vice presidente; mientras que el Secretario y el Tesorero serán nominados por el Consejo Directivo en la primera sesión celebrada con posterioridad a la Asamblea en la que resultaron electos, y los demás Miembros se desempeñarán como Vocales”.- “ARTICULO 25: En caso de renuncia, o impedimento del Presidente, lo sustituirá el Vicepresidente y en su caso un miembro Titular que fuera designado por el Consejo Directivo. En caso de renuncia o impedimento de los Miembros Titulares, éstos serán reemplazados por los Suplentes en forma sucesiva y en el orden en que fueron electos. En el caso que la persona física que ejerza la representación de una persona jurídica no pueda seguir cumpliendo con sus funciones, la persona jurídica designará un nuevo representante que pasará a formar parte del Consejo Directivo en el cargo para el cual la persona jurídica fue designada. En caso que no hubieren sido nominados los Miembros Suplentes, el Síndico procederá en la forma establecida por el artículo 1.107 del Código Civil, que se aplica por analogía”.- “ARTÍCULO 32: Son deberes y atribuciones del Presidente: a) Ejercer la representación oficial de la Cámara; b) Convocar a sesiones ordinarias o extraordinarias del Consejo Directivo, Departamentos y Comisiones, c) Abrir, presidir y levantar las sesiones del Consejo Directivo y de las Asambleas, sean ordinarias o extraordinarias, dirigir debates, mantener el orden y tomar medidas disciplinarias en las mismas; d) Suscribir con el Secretario la correspondencia, notas, comunicaciones, Memorias, Actas de Sesiones del Consejo Directivo y de las Asambleas; e) Suscribir con el Tesorero los valores, cheques, contratos, obligaciones, Balances, Inventarios y demás documentos de la administración; f) Proponer la designación de empleados y aplicar medidas disciplinarias a los mismos; g) Dirigir, instruir y recabar informes de los Departamentos y Comisiones; h) Ejercer el control y la supervisión de todos los intereses de la Cámara; Son deberes y atribuciones del Vicepresidente: a) Reemplazar al Presidente, ejerciendo la representación oficial de la Cámara, en los casos en que aquel se hallase imposibilitado. b) Colaborar con el Presidente, en especial en la coordinación de las actividades de los departamentos y de las comisiones y en las relaciones de estos con el Consejo Directivo”.- Queda así cumplido el pedido solicitado y elevado a escritura pública la modificación del Estatuto Social de la Asociación Civil CAMARA DE ESPECIALIDADES VETERINARIAS DEL PARAGUAY (CEVEPA).- PREVENGO la inscripción en la Dirección General de los Registros Públicos.- En su testimonio, previa lectura y ratificación, así otorgan y firman los comparecientes de quienes he recibido personalmente la declaración de voluntad, de todo lo cual y del contenido de esta escritura, doy fe.-